Colombia cuenta con dos estatutos docentes vigentes: el Decreto Ley 2277 de 1979 y el Decreto Ley 1278 de 2002. Cada una de estas normas establece requisitos, funciones y especificidades de ascenso en el escalafón. Cada docente estatal pertenecerá a un grado en el 2277 o a un nivel en el 1278. Sin embargo, la responsabilidad de las plantas de personal docente, directivo docente y administrativo recae en las entidades territoriales.
Tipo de archivo:
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Categorías:
Gestión normativa
Artículos:
Artículo 1
Idioma:
Español